El derecho está integrado por ramas. Una rama del derecho es un conjunto de normas que regulan en forma integral y sistemática una determinada materia; así, se habla de derecho laboral, penal, comercial, marítimo, aeronáutico, etc.
Ni siquiera en los países pertenecientes a la Comunidad Económica Europea existen leyes penales o civiles especiales para los médicos. En este orden, al no existir un cuerpo de normas que regulen el ejercicio de la profesión de la medicina, no puede hablarse de derecho médico. Al respecto afirma Penneau: «Derecho médico como una disciplina en sí misma no existe”[1]. Lo que puede llamarse derecho médico entonces, es el conjunto de conocimientos legales que se aplican al ejercicio de la profesión médica. Por consiguiente, los problemas que a diario suelen y pueden presentarse en el campo de la salud deben ser solucionados aplicando ora el derecho penal, ora el civil, ora el comercial, ora el laboral, etc. Con gran acierto el doctor: Mauricio Leuro Martinez define el derecho médico como “el conjunto de normas de distinto origen y rango que se ocupan de la profesión médica y de su ejercicio desde una perspectiva jurídica”[2].
Es de destacar que uno de los temas de más relevancia en el derecho médico es el atinente a la responsabilidad del profesional de la salud. Dedicaremos la pregunta número 18 y siguientes a hacer algunas precisiones sobre tan transcendental punto.
[1] Penneau M. Titre : Le droit médical. Texte : Cours du 27/01/04 du Pr. M. Penneau. Résumé par Alexandra Salfati
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